El Divorcio es la forma de dar por terminado el vínculo matrimonial. Nuestra legislación prevé 2 formas de realizarlo por mutuo acuerdo o de manera controvertida.
En este blog, vamos a tratar los divorcios por mutuo acuerdo, en el que las partes de común acuerdo aceptan divorciarse. Nuestra legislación permite que los cónyuges inclusive con hijos menores de edad, o alguna discapacidad, luego de resueltos a través de una Mediación los temas inherentes a ellos (visitas, tenencia y alimentos), puedan divorciase en una Notaría en relativamente poco tiempo. Sin tener que recurrir a los juzgados. Anteriormente, esta opción únicamente existía para los cónyuges sin hijos o con hijos mayores de edad; y los padres que deseaban divorciarse a pesar de los acuerdos que tuvieran debían pasar por un largo proceso judicial.
Por lo que, el primer paso en caso de tener hijos menores de edad o dependientes, será resolver el tema de la tenencia, visitas y alimentos de los menores en una Mediación. La mediación, es un proceso voluntario, flexible y participativo de resolución de conflictos en el que las partes con la ayuda de un tercero imparcial, un mediador, llegan a un acuerdo satisfactorio. De esta forma, a través de este proceso los padres generan sus propios acuerdos, ajustándolos a su familia, hábitos, estilo de vida y costumbres dentro del marco legal; logrando construir acuerdos más duraderos y confiables que las sentencias judiciales.
Entre los beneficios de la Mediación Familiar tenemos:
Fomenta la comunicación y desarrolla la empatía entre ambas partes. De esta manera se suelen llegar a acuerdos más productivos y sinceros.
Desde el punto de vista emocional protege las relaciones familiares, a pesar de que las partes continúen en litigio no se harán daño mutuamente. Éste es uno de los aspectos más importantes en las separaciones que involucran la custodia de hijos. Que la relación no esté deteriorada es vital porque tendrán que seguir manteniendo relación como padres aunque ya no la tengan como pareja.
Se tienen en cuenta las necesidades de todos los involucrados en el conflicto a pesar de que no estén presentes. Principalmente los intereses de los hijos en los casos de separación y divorcio o los progenitores en el caso de discrepancia sobre sus cuidados.
Económicamente es bastante lo que se ahorra con respecto a los gastos en un proceso judicial. Así como el tiempo de resolución es mucho más corto.
Luego de que las partes llegan a un acuerdo sobre estos temas, se sentará razón de aquello en un Acta de Acuerdo de Mediación, el cual tiene el mismo valor que una sentencia judicial. En este caso, al tratarse de temas de menores, al igual que las sentencias de los jueces, los temas de regulación de visitas, tenencia y alimentos podrá ser revisado nuevamente siempre en pro de los intereses del menor, cuando existieren situaciones que modifiquen los presupuestos inicialmente planteados, como la pensión de alimentos por cambio de salario etc.
Con esta Acta de Mediación se podrá acudir a cualquier Notaría de confianza, donde se podrá llevar a cabo el divorcio y en caso de existir bienes la liquidación de la sociedad conyugal.
Si necesitas más información ponte en contacto con nosotros y con mucho gusto te asesoraremos:
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