Beneficios de las Sociedades por Acciones Simplificadas - SAS
- Ab. Karla López Patiño
- 14 may 2021
- 2 Min. de lectura
Las Sociedades por Acciones Simplificadas - SAS, es una de las recientes figuras societarias adoptadas en Ecuador, que existe desde hace ya varios años en Europa y Latinoamérica. En Colombia, por ejemplo, es la preferida en su utilización por la gran flexibilidad y autonomía que ofrece, el 96% de las sociedades en Colombia son SAS.
A continuación, explicamos sus principales beneficios y características:
• Puede ser constituida por una o más personas de toda naturaleza, quienes limitan
su responsabilidad hasta por el monto de sus aportes. Esta figura societaria permite la existencia de un único socio como las empresas unipersonales.
• Se crea mediante acto o contrato privado, con lo cual no se tiene que incurrir en
gastos notariales, salvo si se aportan inmuebles a la compañía. Cualquier reforma
posterior u otorgamiento de nombramientos igualmente se hace por documento
privado.
• El plazo puede ser indefinido.
• Si no se expresa la actividad, se entiende que la S.A.S puede realizar cualquier
actividad lícita
• Se inscribe el acto de constitución y nombramientos en el Registro de Sociedades
de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que no posee costo; lo
cual reemplaza el registro y gasto de inscripción en el Registro Mercantil.
• Pueden llevar sus libros sociales y asientos contables electrónicamente.
• Si se trata de una nueva microempresa habrá una exoneración del impuesto a la renta durante tres primeros años contados a partir del primer ejercicio fiscal en el que se generen ingresos operacionales, siempre que la microempresa cree empleo neto e incorpore valor agregado nacional en sus procesos.
• Libre negociabilidad de las acciones: Las acciones son libremente negociables a
menos que en el estatuto se estipule la prohibición de hacerlo. Esta prohibición no
podrá durar más de 10 años.
• No existe capital mínimo y tampoco existe un porcentaje que se deba pagar al
momento de constituir la sociedad. Pero el plazo para el pago del capital no
excederá de 24 meses.
• La fiscalización es optativa: No es obligatoria la existencia de un órgano de
fiscalización, pero el estatuto puede prever su creación.
Como puedes ver las SAS llegarón al Ecuador a brindar mayor flexibilidad que las otras figuras societarias. Si deseas más información o quieres constituir tu SAS y legalizar tu negocio ya, ponte en contacto con nosotros, tenemos paquetes especiales para emprendedores:
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